Maciá Abogado

El RDL 11/20 de 31 de marzo, regula el subsidio de desempleo excepcional por falta de actividad para empleadas de hogar.

Para acceder al subsidio es necesario:

1.- Estar dada de alta antes de la entrada en vigor del RD 463/20, de 14 de marzo que declara el estado de alarma.

2.- Haber dejado de prestar servicios, total o parcialmente de modo temporal a fin de reducir el riesgo de contagio o bien haberse extinguido el contrato de trabajo por causas ajenas a la voluntad del trabajador.

La Resolución de 30-4-2020 del SEPE desarrolla el procedimiento para la tramitación de solicitudes de subsidio de empleadas de hogar.

El modelo de solicitud y la declaración responsable del empleador pueden encontrarse en la página web sepe.es dentro del apartado “subsidio personas empleadas de hogar”.

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